Red Eclesial Latinoamericana y Caribeña de
 Migración, Desplazamiento, Refugio y Trata de Personas – CLAMOR

Hacia el pacto Global sobre Refugiados 

1. Sin duda alguna una de las realidades que más interpelan nuestro continente es la situación de millones de hermanos y hermanas que víctimas de la violencia o la persecución política, se ven obligados a huir de sus países y solicitar refugio en otra nación, donde anhelan encontrar una oportunidad para vivir dignamente.

2. Cada refugiado o refugiada, más que una estadística que engrosa los documentos de los órganos oficiales, es un ser humano, que debe ser respetado y promovido en su dignidad y derechos.

3. Las organizaciones de la Iglesia católica que acompañamos y defendemos la vida de los refugiados vemos con preocupación las duras realidades a las que son sometidos, las cuales son un CLAMOR que debe ser escuchado tanto por los Estados como por la sociedad de los países expulsores, de tránsito y acogida.

4. En el Consejo Episcopal Latinoamericano y del Caribe – CELAM, a través de la Red de Migración, Desplazamiento, Refugio y Trata de Personas –CLAMOR (1) queremos responder a la invitación que nos hace el Papa Francisco a participar y contribuir en el proceso de los Pactos Globales utilizando como ejes orientadores los cuatro verbos: Acoger, Proteger, Promover e Integrar (2), desarrollados ampliamente en el Documento “20 puntos de Acción”, del Dicasterio para el Desarrollo Humano Integral de la Santa Sede

✓ Acogida: Buscamos aumentar las rutas seguras y legales para la Migración y el Refugio ✓ Protección: Queremos fortalecer la luchar por la defensa de los Derechos y la Dignidad de personas Migrantes y Refugiadas ✓ Promoción: Nos comprometemos a contribuir para el fomento del desarrollo humano integral de las personas migrantes y refugiadas ✓ Integración: Buscamos una mayor participación de las personas migrantes y refugiadas que hagan posible la convivencia armónica y enriquecer las comunidades locales de acogida, tránsito y refugio.

5. Las personas refugiadas y otras personas forzosamente desplazadas, han estado, están y estarán siempre en el corazón de la iglesia, así lo hemos afirmado en palabras y acciones concretas de acogida y hospitalidad.(3) En nuestras guías pastorales de Movilidad Humana hemos buscado brindar la mejor atención a las personas en movilidad en todas nuestras misiones y centros de atención a personas migrantes y refugiadas.(4)

6. Ya en el 2007 los obispos reunidos en Aparecida Brasil hicimos un listado de los rostros sufrientes que nos duelen y sin duda el rostro de personas desplazadas y refugiadas nos desafían; nos sentimos iglesia sin fronteras y hablamos de la necesidad de crear desde las Conferencias Episcopales una pastoral específica y establecer estructuras nacionales y diocesanas apropiadas para la atención a personas migrantes y refugiadas.(5)

7. A lo largo y ancho de todo el Continente, de manera especial en Centro América y México, estamos acompañando y sirviendo a los refugiados. Día a día escuchamos sus sufrimientos, constatamos los atropellos de los cuales son víctimas, somos testigos de las veces en que las leyes y tratados queden en letra muerta y no se respetan su dignidad y derechos.

8. No obstante, también somos testigos de los muchos signos de esperanza y avances que se han conquistado en favor de los Refugiados y Refugiadas.

9. Las organizaciones de la Iglesia católica que peregrina en Latinoamérica, cada una con diversidad de carismas y obras, están desarrollando programas de atención humanitaria, acompañamiento, asesoría jurídica, integración social, laboral y cultural, así como de promoción del desarrollo humano integral. A partir de esta experiencia de acompañar el caminar de los refugiados es que presentamos nuestras propuestas, no desde las teorías y oficinas burocráticas, si no desde la calle, desde la vida que transitan los refugiados.

10. Ante la oportunidad de expresar nuestra postura y de contribuir desde nuestra experiencia y conocimiento al proceso del Pacto Global sobre Refugiados, convocado por la Asamblea de Naciones Unidas en la Cumbre de alto Nivel para Refugiados y Migrantes, con gusto nos sumamos a las consultas realizadas por parte del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Refugiados – ACNUR, con la finalidad de garantizar respuestas conjuntas e integrales a las personas refugiadas.

11. Traemos hasta aquí las voces de los refugiados y refugiadas, queremos ser fieles a sus propuestas y exigencias, asumiéndolos como sujetos protagónicos de sus propios procesos.

12. Consideramos apremiante una actitud responsable ante lo que acontece en la región, reconocemos que la situación alarmante de violencia y violación a derechos humanos está desplazando centenares de personas. Ante esa realidad dolorosa urge una respuesta jurídica, ética, moral y humana.(6) Es decir, una respuesta integral.

13. Reconocemos que las migraciones en el mundo son un desafío y una prioridad para la iglesia y en esta región la movilidad humana presenta un escenario desgarrador, dramático e inhumano. (7)

14. En tal sentido, hacemos un llamado a los estados para que asuman su responsabilidad de abordar las causas estructurales que generan los desplazamientos forzados generados por la violencia. Estos no son tiempos para construir muros si no puentes.

15. El principio pro persona ha de direccionar nuestras respuestas para garantizar la integridad, la vida y la dignidad de las personas en movilidad. Detrás del derecho al Asilo está el valor sagrado de respetar, proteger y defender la vida de las personas. Los estados de la región hagan efectivo dicho principio y apliquen los instrumentos jurídicos internacionales.

16. Vemos con agrado los marcos legales internacionales que hacen valer el derecho a emigrar, sobre todo cuando se trata de salvaguardar la vida y la dignidad de las personas. De ahí que, hoy más que nunca, los estados de la región han de dar cumplimiento a los principios contenidos en la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados 1951 y al Protocolo sobre el Estatuto de Refugiados de 1967 para facilitar el acceso efectivo al derecho de Asilo (8) a las personas refugiadas que huyen de la violencia y necesitan protección. (9)

17. También la Convención Americana de Derechos Humanos (10) en su artículo 22 numeral 7 y el artículo 27 de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre piden respetar el derecho de buscar y recibir asilo (11).

18. Garantizar a las personas desplazadas y refugiadas el acceso al sistema de protección internacional se convierte en un imperativo.

19. Es necesario generar respuestas ágiles para el reconocimiento de la condición migratoria, especialmente de quienes requieren protección internacional, y la debida documentación que permita acceder servicios de empleo, vivienda, salud y educación. Del mismo modo, urge que esta documentación sea conocida y reconocida en todas las instancias gubernamentales e instituciones privadas.

20. En ese sentido, exhortamos a los estados de la región a dar cumplimiento a lo estipulado en la Declaración y Plan de Acción de Brasil (12) y a la aplicación de las Cien Reglas de Brasilia (13) en lo que respecta a soluciones integrales, complementarias y sostenibles que aseguran la integración local, el reasentamiento solidario y la movilidad laboral y la justicia a favor de las personas refugiadas.

21. Constatamos la urgente necesidad de fortalecer o crear y aplicar políticas públicas y acciones orientadas al desarrollo humano integral de las personas y los pueblos, para evitar así una sociedad de riesgo en la que personas migrantes y refugiadas sean desposeídas, excluidas de sus derechos humanos y de su dignidad en la ruta migratoria.

22. La población refugiada debe contar con el goce efectivo de sus derechos en igualdad de condiciones que la población nacional. Los migrantes y refugiados se enfrentan a múltiples obstáculos, en particular, vacíos legales debido a la falta de regulación y lineamientos claros, pues muchos tienen dificultades legales para acceder a bienes y servicios básicos (bancos, colegios, hospitales, trabajo, inmuebles, etc.).

23. Para la Iglesia latinoamericana es muy importante que se respete el principio de no devolución, lo cual implica, evitar la expulsión colectiva y arbitraria de migrantes y refugiados. El proceder debe partir de las consideraciones humanitarias de las personas que huyen por razones de violencia de sus países, para no ser devueltos de manera abusiva a un lugar que se considere de riesgo para su integridad personal.

24. Para ello existen alternativas útiles como visas humanitarias que garantizan la protección de personas que no cumplen formalmente los requisitos de ley para ser considerados refugiados; visas de reunificación familiar (incluyendo hermanos, abuelos y nietos) y visas temporales para personas que huyen de conflictos en países vecinos; creación de corredores humanitarios; programas de reubicación de refugiados en las comunidades acogida, en lugar de concentrarlos en asentamientos.

25. Se han de promover y fortalecer los corredores humanitarios para las personas refugiadas a través de las Redes Nacionales y Regionales que brindan desde el enfoque de derechos servicios de atención y protección (información, ayuda humanitaria, derivaciones coordinadas y seguras de personas con necesidad de protección).

26. Con agrado nos sumamos a los espacios de diálogo, análisis, reflexión, propuestas y compromisos a esta significativa labor de consulta llevada a cabo por el Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Refugiados –ACNUR.

27. Ante las sugerencias del Papa Francisco para acciones pastorales y de incidencia presentadas en los veinte puntos para cada área, presentamos al ACNUR documento que expone algunas acciones y sugerencias operativas de acuerdo a nuestro contexto de Centroamérica y México.

28. Nuestro deseo es que los Pactos Globales sean coherentes y complementarios y den nuevas luces para el abordaje y gobernanza integral y humana de las migraciones y desplazamientos forzosos.

29. Agradecemos esta oportunidad para expresar nuestra voz y encomendamos a la sagrada familia migrante y refugiada el éxito de estos procesos emprendidos.

Consejo Episcopal Latinoamericano CELAM
Red Eclesial Latinoamericana y Caribeña de
Migración, Desplazamiento, Refugio y Trata de Personas – CLAMOR
Octubre 26, 2017

 

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1 Véase documento fundacional de la Red CLAMOR. 27-30 de marzo del 2017. Santiago de los Caballeros, República Dominicana. 2 Véase Mensaje del Papa Francisco para la Jornada Mundial del Migrante y del Refugiado 2018.

3 (Pontificio Consejo para la Pastoral de los Emigrantes e Itinerantes, 2013)

4 (Concejo Episcopal Latinoamericano CELAM, 2003)

5 (Conferencia Episcopal de Guatemala, 2007)

6 (Veáse Misión Internacional de Verificación, 2017).

7 Véase el mensaje del IV Encuentro Frontera Sur de México y Norte de Centroamérica realizado en Tapachula Chiapas México del 29 al 31 de agosto de 2017. Firmaron el mensaje: Monseñor Álvaro Ramazzini Imeri, Obispo de Huehuetenango y presidente de la Comisión de Justicia y Solidaridad y de la pastoral de Movilidad Humana de la Conferencia Episcopal de Guatemala; Monseñor Guillermo Ortiz Mondragón, obispo de Cuautitlán, encargado de la Dimensión Episcopal de la Pastoral de Movilidad Humana de la Conferencia Episcopal Mexicana; Monseñor Elías Samuel Bolaños, obispo de Zacatecoluca y referente de Movilidad Humana en la Conferencia Episcopal de El Salvador y Monseñor Ángel Recinos Lemus, Obispo de Zacapa y Chiquimula Guatemala. Entiéndase como ruta migratoria el país de origen, tránsito, destino y retorno.

8 Entendemos el derecho al asilo en sus dos sentidos: diplomático más conocido como político y el territorial o también llamado refugio. 9 Tomar en cuenta el principio fundante que una persona es refugiada y necesita protección internacional desde el momento en que para resguardar su vida tiene que huir de su país, de acuerdo con la definición de la Convención de 1951, lo cual ocurre antes de que un Estado determine o no determine formalmente su condición de refugiado. 10 Literalmente: “Toda persona tiene el derecho de buscar y recibir asilo en territorio extranjero en caso de persecución por delitos políticos o comunes conexos con los políticos y de acuerdo con la legislación de cada Estado y los convenios internacionales”. 11 Literalmente: “Toda persona tiene derecho a buscar y recibir asilo en territorio extranjero, en caso de persecución que no sea motivada por delitos de derecho común y de acuerdo con la legislación de cada país y con los convenios internacionales”.

12 Véase la Declaración y Plan de Acción de Brasil: un marco de Cooperación y Solidaridad Regional para Fortalecer la Protección Internacional de las Personas Refugiadas, Desplazadas y Apátridas en América Latina y el Caribe. Brasilia, 3 de diciembre de 2014.

13 Las Cien Reglas de Brasilia sobre Acceso a la Justicia de las Personas en condiciones de Vulnerabilidad constituyen una declaración efectiva en toda Latinoamérica de una política judicial con perspectiva garantista de los derechos humanos para migrantes y refugiados.